Valencia fue una de las ciudades pioneras en el uso del patinete eléctrico. Fue en ella donde muchas empresas de alquiler se instalaron por primera vez en España. Su tamaño, sus pocas pendientes y la climatología hicieron de la ciudad del Turia el reino de los patinetes.
Tal vez por este motivo, Valencia ha sido también de las primeras ciudades en regular el uso de los patinetes eléctricos. Para ello, su ayuntamiento dictó en junio de 2019 una ordenanza municipal al respecto, que junto con la normativa de la DGT, configuran las reglas para moverte en patinete por Valencia.
En WeeMove, queremos que viajes asegurando tu tranquilidad por eso hemos analizado esta nueva legislación, por eso te ofrecemos los seguros para patinetes eléctricos más baratos y completos del mercado. No te pierdas este post si quieres descubrir qué dice la normativa sobre patinetes eléctricos en Valencia.
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¿Cuáles son los requisitos para poder circular con patinetes eléctricos?
La ordenanza municipal no habla de requisitos tal cual, pero sí que fija una serie de condiciones para su uso.
- Ser mayor de 16 años. Según la normativa los menores de 16 años solo podrán hacer uso de su vehículo de movilidad personal cuando resulte adecuado a su edad, altura y peso, y siempre fuera de las zonas de circulación, en espacios cerrados al tráfico, acompañados y bajo la responsabilidad de sus padres o tutores.
- Uso de casco. Si tu patinete supera los 20 Km/h deberás llevar obligatoriamente casco. En caso de que no sea así, la normativa también recomienda su uso, aunque no te multarán si no lo llevas.
- Nada de auriculares. No se permite circular utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido. Si te pillan, la normativa de la DGT establece una multa para esta infracción de 200€.
- Nada de móviles. No se permite el uso durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, así como cualquier otro medio o sistema de comunicación que implique uso manual. Además, la DGT sanciona este incumplimiento con 200€
- Se recomienda contrata un seguro. La normativa establece que “será recomendable disponer de un seguro de responsabilidad civil con cobertura en caso de accidente para daños a terceras personas, personales o materiales”. En WeeMove te ofrecemos un seguro con cobertura de responsabilidad civil desde 20€/año. Además, podrás ampliar las coberturas, protegiéndote frente a daños o accidentes si lo deseas.
¿Por dónde y a qué velocidad se puede circular con patinete eléctrico por Valencia?
En primer lugar debemos establecer el tipo de patinete que estamos usando. La ordenanza del ayuntamiento de Valencia establece dos tipos de vehículos de movilidad personal.
En función del tipo de patinete que conduzcas tendrás unas áreas de circulación establecidas.
Áreas de circulación de los patinetes de tipo A
Así para los patinetes de Tipo A la ordenanza establece las siguientes vías, y por el siguiente orden:
- Por los carriles bici situados a cota de calzada sin superar la velocidad máxima permitida a las bicicletas, de 20km/h. Evitando en todo momento maniobras bruscas y con precaución ante una posible invasión del carril por parte del peatón. Contarán con prioridad sobre los viandantes, excepto en los pasos peatonales señalizados con marcas viales.
- Por carriles bici marcados sobre las aceras (o aceras bici) a velocidad moderada, no superior a 15 km/h y en las mismas condiciones que las bicicletas, establecidas en el artículo 33.c de la ordenanza.
- Por la calzada de ciclocalles y otras vías de sentido único donde esté limitada la velocidad de circulación a 30 km/h, en las mismas condiciones establecidas para las bicicletas, indicadas en el artículo 33.b de la ordenanza y siempre que no se haga a una velocidad anormalmente reducida.
- Por los carriles señalizados a 30 Km/h en calzadas de varios carriles de circulación, en las condiciones establecidas en el artículo 33.b de la ordenanza municipal y siempre que no se haga a una velocidad anormalmente reducida.
- Por las calles residenciales, zonas 30 y zonas de coexistencia de diferentes tipos de usuarios en las condiciones establecidas en el artículo 33.d de la ordenanza municipal.
- Por las calles peatonales a una velocidad moderada, similar a la de una persona a pie, nunca superior a 10 km/h y en las condiciones establecidas en el artículo 33.d. de la ordenanza municipal.
- Por el Monte Público de la Devesa de l’Albufera de València, en el Parque Natural de l’Albufera, parques, jardines y sendas ciclables, a una velocidad máxima de 10 km/h, y en las condiciones establecidas en el artículo 33.e. de la ordenanza municipal.
Áreas de circulación de los patinetes de tipo B
Para los patinetes eléctricos de Tipo B las vías de circulación y las velocidades máximas son exactamente iguales, exceptuando el tránsito por las calles peatonales, el cual está prohibido para este tipo de patinetes.
¿En qué zonas queda prohibido circular?
La ordenanza municipal establece que la circulación de los patinetes eléctricos, independientemente del tipo al que pertenezcan, queda prohibida en las aceras. La normativa, al igual que para las bicicletas, indica en qué supuestos el patinete puede invadir la acera, que no circular por ella.
- Cuando necesites ir a un lugar ubicado en la acera, podrás hacerlo desmontándote del patinete y llevándolo a tu lado de la mano, convirtiéndote así en un viandante más.
- Si circulas por carriles bicis marcados sobre la acera, no podrás hacerlo a más de 15km/h y con especial precaución ante la posible irrupción de viandantes. El resto de la acera queda reservada a los viandantes y en ningún caso se puede invadir.
Además, los patinetes Tipo B tampoco podrán circular por las calles peatonales, igualándose las condiciones a las de una acera.
¿Cuáles son las consecuencias del incumplimiento de la normativa?
La normativa establece una serie de multas que varían en función del tipo de infracción. Estas se dividen en leves, graves y muy graves.
Infracciones leves (hasta 100€ de sanción)
- Cualquier acción y omisión que deriven en un quebrantamiento de las prohibiciones y obligaciones en las normas, VMP.
Infracciones graves (desde 101€ hasta 200€ de sanción)
- Incumplir las normas de limitación de velocidad, hasta el 50% del límite señalado.
- Conducir de forma desconsiderada.
- Conducir siendo menor de 16 años.
- Que el patinete no cumpla con los requisitos técnicos y/o de circulación exigidos.
- Que el patinete esté modificado para superar las características técnicas acorde a su categoría.
- Conducir por zonas prohibidas.
Infracciones muy graves (desde 201€ hasta 500€)
- Conducir con un exceso de velocidad superior al 50% del límite autorizado.
- Circular temerariamente.
- Conducir de forma que se ponga en peligro la seguridad de los viandantes o los demás usuarios de la misma vía.
- Conducir con tasas superiores a las permitidas en alcohol (0,25 miligramos por litro en aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre) o bajo los efectos de las drogas.
- Carecer de seguro de responsabilidad civil, cuando sea obligatorio por la normativa vigente