¿Aun no sabes qué dice el nuevo reglamento de circulación de patinetes eléctricos (o vehículos de movilidad personal) de la Dirección General de Tráfico? El Ministro Marlaska esta misma semana ha adelantado el contenido de la nueva normativa de la DGT para la circulación de patinetes eléctricos, que de momento se ha articulado como Decreto Ley, y que por tanto deberá desarrollarse en normativas más concretas que entrarán en vigor el 2 de Enero.

Las asociaciones de usuarios ya se han mostrado contrarias a la nueva normativa, ya que, a su parecer, ésta supone un agravio con respecto a lo dispuesto con las bicicletas. En este sentido, las asociaciones de usuarios creen que puede suponer un paso atrás, especialmente en un momento en que el uso de patinetes eléctricos se estaba generalizando como alternativa al transporte público, por un lado, y al coche. Por el contrario, el ejecutivo pretende bajar el número de accidentes graves hasta un 50%.

Pero, ¿qué dice la nueva normativa de la DGT sobre patinetes eléctricos? Aquí te desvelamos las claves para que puedas circular tranquilo:

· Con la nueva normativa, los VMP (Vehículos de Movilidad Personal) sólo pueden ir dotados de una única plaza.

· La velocidad máxima pasa a ser limitada a 25 km/h.

· La nueva regulación excluye sillas de ruedas y otros aparatos de ayuda a la movilidad.

· Al ser considerado vehículos, deberán cumplir las normas de circulación por lo que no podrán circular por aceras ni zonas peatonales.

· No podrán ser usados en zonas interurbanas, travesías, túneles ni demás vías rápidas.

· Además, estos vehículos para poder ser usados en vía pública requerirán de un certificado técnico de circulación. El desarrollo de este punto llevará un periodo de 24 meses de adaptación.

 

¿Qué no regula este decreto ley sobre el uso de vehículos de movilidad personal, y se espera que se regule en posteriores disposiciones, o por ayuntamientos, tal como ya viene siendo habitual? Pues bien, los principales aspectos que no regula son la edad mínima permitida para circular, el uso de cascos, timbre, luces, chalecos o la obligatoriedad de contratación de un seguro de responsabilidad civil…

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